RECLAMACIONES DE FONDOS BUITRE: CÓMO OPONERSE CON ÉXITO SEGÚN LA JURISPRUDENCIA

Análisis de una reciente sentencia que refuerza el derecho de defensa del consumidor frente a reclamaciones de deuda por fondos buitre.

Francisco Javier Matarredona Alberola. Abogado colegiado 127571 ICAM.

2/9/20262 min read

                                             ¿Puede un fondo buitre reclamarme una deuda sin demostrarla?

La importancia de la legitimación activa en las reclamaciones de cantidad

En los últimos años se ha multiplicado el número de reclamaciones judiciales presentadas por fondos de inversión o sociedades dedicadas a la compra masiva de deudas, comúnmente conocidos como fondos buitre. Estas entidades adquieren carteras de créditos por un precio muy inferior a su valor nominal y, posteriormente, reclaman judicialmente su cobro a los consumidores.

Sin embargo, no todo vale en los tribunales. Una reciente sentencia vuelve a recordar que estas reclamaciones deben cumplir estrictamente con la ley y que el consumidor tiene un verdadero derecho de defensa.

En la Sentencia nº 9/2026, de 30 de enero, del Juzgado de Primera Instancia de Lora del Río, se desestima íntegramente una demanda interpuesta por una sociedad que reclamaba 1.995 derivados de un supuesto préstamo personal adquirido por cesión de crédito.

El juzgado es claro: No basta con afirmar que se ha comprado la deuda, es imprescindible probarlo correctamente.

En este caso, la entidad demandante:

· No aportó el contrato original de préstamo firmado por la consumidora.

· No presentó el testimonio notarial completo de la cesión del crédito.

· Únicamente acompañó un certificado unilateral del saldo, firmado por la cedente y la cesionaria.

Resultado: la demanda fue desestimada y el fondo buitre condenado en costas, por no acreditar su legitimación activa para reclamar la deuda.

                                                      ¿Qué es la legitimación activa y por qué es clave?

La legitimación activa significa, en términos sencillos, que quien reclama una deuda debe demostrar que es realmente el titular del crédito. Aunque la cesión de créditos no exige una forma especial, la ley sí exige que el crédito cedido esté perfectamente identificado. Así lo establecen el artículo 10 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y los artículos 1526 y siguientes del Código Civil.

Si no puede identificarse con claridad qué deuda se ha cedido, la cesión no produce efectos frente al deudor.

El respaldo de la SAP Madrid de 24 de febrero de 2022 enlaza directamente con la doctrina de que recuerda algo fundamental: La certificación unilateral del saldo puede servir para iniciar un procedimiento monitorio, pero no es prueba suficiente en un juicio declarativo si el deudor impugna la deuda.

Es decir, Una vez que el consumidor se opone, El fondo buitre tiene la carga de probar la existencia del contrato, la deuda concreta y la cesión válida del crédito. Si no lo hace, pierde el procedimiento.

La falta de actividad probatoria revierte en su contra, conforme al artículo 217 LEC.

                                                ¿Qué puede hacer el consumidor si recibe una demanda?

Si has recibido una reclamación de cantidad de un fondo buitre, no des nada por perdido. Existen líneas de defensa muy claras:

· Exigir que se aporte el contrato original firmado.

· Comprobar que la cesión del crédito está correctamente documentada e identificada.

· Impugnar certificados de saldo unilaterales.

· Analizar posibles cláusulas abusivas o prescripción de la deuda.

Las reclamaciones masivas de fondos buitre se basan, en muchos casos, en documentación incompleta o genérica. La jurisprudencia está dejando claro que no se puede condenar a un consumidor sin pruebas sólidas.

Cada caso debe analizarse individualmente, pero esta sentencia demuestra que defenderse funciona y que los tribunales exigen rigor a quienes compran deudas en bloque.

Si has recibido una reclamación similar o tienes dudas sobre una deuda que te están exigiendo, es fundamental contar con asesoramiento jurídico especializado desde el primer momento.